Descripción del servicio
CONCEPTO (LEY 176-07, ART. 173)
La Policía Municipal es la organización con jurisdicción dentro de los límites del municipio, integrada en un cuerpo policial único y especializado para asuntos municipales, de naturaleza jerárquica, adscrita al Ayuntamiento y bajo la autoridad inmediata del alcalde, con la supervisión técnico profesional de la Secretaria de Estado de Interior y Policía.
Es el órgano responsable de velar por el cumplimiento de las disposiciones municipales y la seguridad institucional.
BASE LEGAL
Ley 176-07 art. 173, art. 174.
FUNCIÓN (LEY 176-07, ART.174)
La Policía Municipal es una institución obligada a preservar los bienes municipales y hacer cumplir las leyes, ordenanzas, resoluciones, reglamentos y disposiciones municipales.
A quién va dirigido
Servicio ofrecido por el departamento de la Policía Municipal.
Tel.: (809) 690-7911 | Correo: [email protected]
Requerimientos o requisitos
- Hacer una solicitud por escrito, dirigida al alcalde especificando el servicio que necesita.
Procedimientos a seguir
- acer una solicitud por escrito, dirigida al alcalde especificando el servicio que necesita..
Horario de prestación
Horario de oficina de 8:00 a.m. a 3:00 p.m. Horario de servicio 24 horas
Costo
Libre de Costo
Tiempo de realización
Especificar el tiempo de realización
Canal de Prestación
Correo electrónico- llamada telefónica- Redes Sociales